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Plan Cartográfico Nacional 2017-2020

El Consejo de Ministros aprobó el 21 de julio de 2017 el Plan Cartográfico Nacional 2017-2020, www.lamoncloa.gob.es, que coordinará la actividad de la Administración General del Estado en materia de información geográfica y cartografía, bajo la coordinación del Instituto Geográfico Nacional, optimizando su eficacia y costes.
El Plan Cartográfico Nacional 2017-2020 es el instrumento de planificación de la producción cartográfica oficial que realizará la Administración General del Estado en estos cuatro próximos años, y una herramienta para facilitar la relación de éste con los demás planes de producción cartográfica oficiales.
El Sistema Cartográfico Nacional, www.scne.es
, aprobado mediante un Real Decreto del 23 de noviembre de 2007, prevé este medio esencial para coordinar la actividad cartográfica realizada por los departamentos ministeriales y las entidades del sector público estatal, junto a las administraciones autonómicas, entidades del sector público autonómico y entidades locales que se han integrado voluntariamente en el sistema.
El Plan Cartográfico Nacional 2017-2020 será el gran facilitador y coordinador de la producción de información geográfica, materializada mediante productos y servicios cartográficos para toda la sociedad, permitiendo su integración con otros planes nacionales y su coordinación con los planes existentes autonómicos. Cumple dos objetivos generales:
En primer lugar, producir una sola vez y compartir toda la información geográfica de referencia y, a partir de ésta, toda la información temática necesaria para el ejercicio de las competencias generales y sectoriales de la Administración: usos catastrales, militares,
medioambientales, ocupación del suelo, instalaciones, redes de transportes e infraestructuras, hidrografía, ordenación del territorio, emergencias, etcétera.
En segundo lugar, permite utilizar de manera compartida las infraestructuras y recursos de la
Administración destinadas a la producción y difusión de información geográfica y cartografía, y a la prestación de servicios de información geográfica a través de Internet.
Además, el Plan cubre cuatro objetivos estratégicos fundamentales:
- Desarrollo de la Información Geográfica de Referencia prevista en la Ley del 5 de julio de 2010 sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica.
- La planificación y producción de bases de datos topográficos y cartográficos.
- La producción de la información geoespacial como consecuencia de la participación de España en programas multinacionales de coproducción de información geoespacial.
- La producción de la cartografía necesaria para la gestión competencial de las instituciones de la Administración General del Estado.
El Plan, en cuya elaboración han colaborado los departamentos ministeriales a través de sus
subsecretarías, fue sometido a informe preceptivo de la Comisión Territorial y a la aprobación de la Comisión Permanente, ambos órganos colegiados del Consejo Superior Geográfico, previamente a su elevación al Consejo de Ministros por el ministro de Fomento.
317 operaciones cartográficas
El Plan muestra con detalle la actividad en materia de información geográfica para el cuatrienio 2017-2020 a desarrollar por la Administración General del Estado, mediante 317 operaciones cartográficas con las que se generan o actualizan productos cartográficos, así
como la implantación o mantenimiento de geoservicios web y servicios cartográficos.
Entre estas 317 operaciones facilitadas por los departamentos ministeriales existen ejemplos
de notable relevancia por el impacto de sus resultados en la sociedad. Por poner algunos
ejemplos, la actualización del Sistema de Información de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) realizada por el Fondo Español de Garantía Agraria, el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea realizado por Fomento, la actualización de la cartografía catastral realizado por Hacienda y Función Pública o varias operaciones relacionadas con la gestión de los recursos naturales,
como pueden ser las operaciones sobre el uso del agua, y zonas inundables realizada por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
El gasto necesario para la ejecución del conjunto de operaciones cartográficas asciende a 122.906.507,08 euros repartidos en cuatro anualidades. Las actuaciones incluidas y derivadas de este Plan Cartográfico Nacional serán atendidas con las dotaciones presupuestarias ordinarias y no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
El Plan 2017-2020 será desarrollado a través de programas operativos anuales, que también
permitirán realizar una evaluación periódica de sus resultados y, en consecuencia, sus oportunas revisiones.
Toda la información del Plan y, particularmente, los productos y servicios que serán generados al amparo de este documento estarán disponibles en la página web del Consejo Superior Geográfico a la que puede accederse a través de los sitios web del Ministerio de Transporte Movilidad y Agencia Urbana, MITMA, y del Instituto Geográfico Nacional.
Más información:
www.mitma.es
www.ign.es
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MEMORIA PCN 2017-2020.pdf (4363 KB)

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Política de difusión pública de la información generada por el Instituto Geográfico Nacional

Orden FOM/2807/2015 de 18 de diciembre, por la que se aprueba la política de difusión pública de la información geográfica generada por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
Más información:
www.ign.es
BOE-A-2015-14129.pdf (198 KB)
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Ley 2/2018 de 23 de mayo, por la que se modifica la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los Servicios de Información Geográfica en España.

La Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras ...
y los servicios de información geográfica en España, se dictó con el objetivo de fijar normas generales para el establecimiento de infraestructuras de información geográfica en España orientadas a facilitar la aplicación de políticas basadas en la información geográfica por las Administraciones Públicas y el acceso y utilización general de este tipo de información, especialmente las políticas de medio ambiente y políticas o actuaciones que puedan incidir en él.
Posteriormente a la promulgación de esta Ley, la Comisión Europea solicitó información adicional en relación con la transposición de la Directiva 2007/2/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece la infraestructura de Información Espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE), a la legislación española.
En base a dicha información, se ha considerado conveniente realizar cambios legislativos en algunos artículos de la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España.
Las modificaciones van orientadas a puntualizar algunos artículos de dicha Ley al objeto de que cumplan con la plena transposición de la Directiva 2007/2/CE, por la que se establece la infraestructura de Información Espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE).
Se actualiza la definición de la infraestructura de información geográfica como la Infraestructura de datos espaciales con una estructura virtual en red integrada por datos georreferenciados y servicios interoperables de información geográfica distribuidos en diferentes sistemas de información, accesible vía Internet, que incluya las tecnologías de búsqueda y acceso a dichos datos, las normas para su producción, gestión y difusión y los acuerdos sobre su puesta en común, acceso y utilización entre sus productores y entre éstos y los usuarios.
Las Administraciones Públicas deberán garantizar que todos los datos geográficos y los correspondientes servicios de información geográfica, incluidos los códigos y las clasificaciones técnicas, se pongan a disposición de las autoridades públicas o de terceros, de conformidad con las normas de ejecución dictadas por la Comisión Europea.
Se incorpora un apartado 5 al artículo 2 en el que se considerará la designación de «tercero» a los efectos de esta Ley a cualquier persona física o jurídica distinta de las anteriores a las que se hace referencia en el ámbito subjetivo de aplicación que figura en el referido artículo 2.
Se incluye en el apartado 1 del anexo I «Información Geográfica de Referencia» de la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España, el sistema armonizado multirresolución de cuadrículas geográficas y cartográficas con un punto de origen común y con ubicación y tamaños de cuadrícula normalizados.
La presente modificación está estructurada en un artículo único que comprende las modificaciones que se realizan en la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España y en una disposición derogatoria única y dos disposiciones finales.
Más información:
www.ign.es
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BOE-A-2018-68... (175 KB)

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ETRS89: Nuevo sistema de referencia geodésico oficial en España

El objeto de este Real Decreto es la adopción en España del sistema de referencia geodésico global, ETRS89, sustituyendo al sistema geodésico de referencia regional ED50 sobre el que actualmente se está compilando toda la cartografía oficial en el ámbito de la Península Ibérica y las Islas Baleares, ...
A35986-35989.... (117 KB)

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Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional

La Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía, regula el marco en el que se ha venido desarrollando la actividad cartográfica oficial en España. Su mayor éxito consiste en haber contribuido al eficaz desarrollo de la cartografía por parte de las Administraciones públicas competentes, si bien el sistema diseñado no ha evitado (en algunos casos) una duplicidad del gasto y del esfuerzo público en esta materia.
A49215-49229.... (450 KB)

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Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

La información generada desde las instancias públicas, con la potencialidad que le otorga el desarrollo de la sociedad de la información, posee un gran interés para las empresas a la hora de operar en sus ámbitos de actuación, contribuir al crecimiento económico y la creación de empleo, y para los ciudadanos como elemento de transparencia y guía para la participación democrática.
Ley 37-2007.p... (187 KB)

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